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El CIPF elabora un Protocolo de acoso por orientación sexual, identidad sexual y expresión de género (LGTBI).

El CIPF actualiza sus Protocolos de acoso laboral y de acoso sexual o por razón de sexo y elabora un nuevo Protocolo de acoso por orientación sexual, identidad sexual y expresión de género (LGTBI).

València (29.04.2024). El Centro de Investigación Príncipe Felipe (CIPF) ha actualizado los Protocolos de acoso laboral y de acoso sexual o por razón de sexo del CIPF y, además,  ha elaborado el nuevo Protocolo de acoso por orientación sexual, identidad sexual y expresión de género (LGTBI). Ambas herramientas están dirigidas a la detección y actuación ante situaciones de acoso sexual o acoso por razón de sexo en el CIPF y a implementar medidas para alcanzar la igualdad de las personas LGTBI, mediante el Protocolo de acoso por orientación sexual, identidad sexual y expresión de género en el CIPF.

Con el fin de dar cumplimiento a la Ley 4/2023 de 28 de febrero para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, el presente protocolo establece un conjunto de medidas para alcanzar la igualdad real y efectiva y garantizar los derechos de las personas lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexuales (en adelante LGTBI) en el CIPF. En esta línea, desarrolla un procedimiento por el que dar causa a las denuncias que puedan formularse por acoso por razón de la orientación sexual, identidad sexual o expresión de género, con el fin de evitar las posibles conductas de acoso por orientación sexual, identidad sexual y expresión de género en el trabajo y para garantizar que toda persona contratada, colaboradora o en prácticas sea tratada con dignidad, no permitiendo ni tolerando ningún tipo de conducta de acoso.

La dirección del CIPF y el comité de empresa se comprometen con estas medidas a regular la problemática del acoso por orientación sexual, identidad sexual y expresión de género en las relaciones laborales, estableciendo un método que se aplique a la prevención, actuación y rápida solución de las reclamaciones relativas al acoso sexual o por razón de sexo, con las debidas garantías y tomando en consideración las normas constitucionales, laborales y las declaraciones relativas a los principios y derechos fundamentales en el trabajo.

Toda persona tiene derecho a ser tratada con dignidad y respeto y, en virtud de este derecho, el CIPF manifiesta su rechazo a todo tipo de conductas de acoso en el trabajo, y de forma particular las que supongan acoso por orientación sexual, identidad sexual y expresión de género, ya que suponen un atentado a la dignidad de las trabajadoras y trabajadores, por lo que no se permitirá ni se tolerará en el centro de trabajo.

Los documentos están disponibles en la intranet.